La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí para establecer de manera directa los requisitos que deberán cumplir quienes aspiren a ocupar la titularidad de la Fiscalía General del Estado.
La diputada Ana María de la Cruz Olvera, presidenta de la comisión legislativa, explicó que la propuesta presentada por la diputada María Leticia Vázquez Hernández no modifica el procedimiento constitucional para designar a la persona titular de la Fiscalía, ni altera el equilibrio entre los poderes públicos y los órganos constitucionales autónomos.
La reforma busca corregir una situación derivada de los recientes cambios al régimen constitucional del Poder Judicial. Actualmente, el artículo 122 Bis de la Constitución local establece que quien encabece la Fiscalía General debe reunir los requisitos previstos para ocupar una magistratura del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
De acuerdo con la legisladora, esta remisión normativa dejó de ser adecuada debido a las modificaciones realizadas al sistema judicial, pues los requisitos para las personas juzgadoras pueden cambiar por razones relacionadas con la organización y funcionamiento del Poder Judicial, mientras que la Fiscalía tiene una naturaleza jurídica y funciones distintas.
Por ello, el dictamen plantea incorporar directamente en el artículo 122 Bis los requisitos para ocupar la Fiscalía, con el propósito de fortalecer su autonomía normativa y brindar mayor certeza sobre las condiciones que deberán cumplir las personas aspirantes.
¿Qué se necesitará para ser titular de la Fiscalía?
Entre los requisitos contemplados se establece que la persona aspirante deberá ser mexicana por nacimiento y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; tener al menos 35 años de edad al momento de la designación; contar con título y cédula profesional de Derecho con una antigüedad mínima de cinco años.
También deberá acreditar cinco años de trayectoria profesional en el ámbito jurídico, ya sea en procuración de justicia, litigio, docencia, investigación jurídica, servicio público o asesoría legal, además de haber residido en San Luis Potosí durante los dos años anteriores a su designación.
La propuesta incorpora restricciones relacionadas con antecedentes de violencia y responsabilidades administrativas. Quedarían impedidas las personas con sentencia firme por delitos de violencia familiar, delitos contra las mujeres por razón de género o contra la libertad y seguridad sexual, así como quienes aparezcan en el padrón de personas deudoras alimentarias morosas.
También se contempla como impedimento haber recibido una sanción firme por faltas administrativas graves o encontrarse inscrito en registros de personas servidoras públicas inhabilitadas.
En materia política, no podrán acceder al cargo quienes hayan ocupado la gubernatura, una diputación local o una presidencia municipal durante el año inmediato anterior a la designación, ni quienes hayan sido dirigentes de un partido político durante los tres años previos.
El dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales será turnado al Pleno del Congreso del Estado, donde será sometido a análisis y votación para determinar si la reforma avanza.
