La modificación, conocida como “Ley Ingrid”, incorpora el artículo 342 BIS al Código Penal estatal y contempla también multas de 300 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La reforma establece que las sanciones podrán aumentar hasta en una mitad cuando la víctima sea mujer, niña, niño o adolescente, o cuando el material sea difundido a través de medios de comunicación, redes sociales o plataformas digitales con fines de exposición pública o lucro.
La iniciativa fue presentada por la diputada Leticia Vázquez Hernández y toma como referencia el feminicidio de Ingrid Escamilla, ocurrido en febrero de 2020 en la Ciudad de México, cuando fotografías de su cuerpo y de la escena del crimen fueron filtradas y posteriormente difundidas en medios de comunicación y redes sociales.
A raíz de este caso surgieron diversas reformas legales en el país para sancionar la difusión indebida de imágenes de víctimas de delitos, particularmente cuando el material proviene de autoridades encargadas de las investigaciones.
Con la modificación aprobada por la LXIV Legislatura, se busca evitar que personal con acceso a investigaciones penales utilice fotografías, grabaciones o documentos relacionados con hechos delictivos para compartirlos, comercializarlos o exhibirlos fuera de los supuestos permitidos por la ley.
De acuerdo con la exposición de motivos, la reforma pretende proteger la privacidad, intimidad y dignidad de las víctimas, incluso después de su fallecimiento, así como los derechos de sus familiares, quienes pueden enfrentar procesos de revictimización cuando este tipo de contenido se hace público sin autorización.
