La llamada “Ley Anti-memes” volvió a generar debate en el Senado de la República, luego de que las comisiones unidas de Justicia, Economía y de Estudios Legislativos Primera aprobaran modificaciones al polémico artículo 403 Bis de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. La reforma fue avalada con 36 votos a favor, 12 en contra y una abstención.
El cambio redujo las sanciones que originalmente habían provocado cuestionamientos y precisó los supuestos en los que el uso de elementos de identidad gráfica de instituciones públicas podría constituir un delito.
De acuerdo con la nueva redacción, se impondrán de uno a cinco años de prisión y una multa de mil a diez mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de una institución pública de los tres órdenes de gobierno para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito.
La disposición contempla también documentos, plataformas, servicios, sistemas de comunicación o informáticos y otras actuaciones que puedan atribuirse falsamente a una institución pública.
Uno de los supuestos señalados es la elaboración y difusión de falsos comunicados gubernamentales, cuando se utilicen elementos oficiales para hacer creer que el contenido proviene realmente de una autoridad.
La modificación se da después de que legisladores de oposición cuestionaran que la redacción original pudiera alcanzar contenidos como memes, caricaturas o parodias que utilizaran elementos gráficos gubernamentales.
La reforma todavía deberá continuar su proceso legislativo antes de convertirse en una disposición vigente.
